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Proyecto en fase de pre comercialización para identificación de potenciales compradores. Licencia de obras en fase
                             de tramitación. Los planos de cada una de las viviendas y anejos están a disposición de los compradores en las
                             oficinas de venta. El presente documento ha sido elaborado a partir del Proyecto Básico, por lo que puede sufrir
                             modificaciones  por exigencias técnicas, ajustándose en todo caso al Proyecto de Ejecución Final y a los requerimientos
                             de  las  autoridades  municipales.  A  los  efectos  oportunos,  el Promotor  hace  constar  expresamente  que  su  actuación,
                             así  como  la  contratación  de  la  presente  promoción,  se  ajustará  en  todo  momento  a  los  requisitos  establecidos  en
                             la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Asimismo, se hace constar que las cantidades
                             anticipadas para la construcción de la promoción más los intereses legales correspondientes estarán avaladas por
                             una entidad financiera pendiente de designación a partir de la fecha en la que se obtenga la correspondiente licencia
                             de obra y se comiencen a percibir las cantidades a cuenta del precio, las cuales (incluido el importe de la reserva)
                             se depositarán en una cuenta especial de conformidad con lo dispuesto en la citada ley. Copia del citado aval será
                             entregado a los compradores cuando se produzca la firma del contrato privado de compraventa. El modelo del citado
                             contrato se encuentra a disposición de los compradores para consultar las condiciones generales. Los Estatutos por
                             los que se regirá la Comunidad de Propietarios serán aprobados a la finalización de las obras. La determinación de la
      32                     participación en los elementos comunes del edificio se realizará tomando en consideración los criterios señalados en
                             el Art. 5 de la Ley 49/1960 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal.



















                                                                                         Las imágenes de este folleto son orientativas y no
                                                                                                          vinculantes a nivel contractual.
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